CED - CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHOHomeLegalLegalLegalContactenos
CED - CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHO
INICIO

Justicia comunitaria

© 2008 by Ermo Quisbert

QUISBERT, Ermo, Justicia Comunitaria, La Paz, Bolivia: CED, Centro De Estudios De Derecho, 9ª, 2008, http://h1.ripway.com/ced/jc.htm

Descarga segura: Clic boton derecho y escoger "Guardar destino como...". Para leer este apunte necesita Adobe Reader™.Si no lo tiene, clic aqui.

La Justicia comunitaria es una institución de Derecho Consuetudinario que permite sancionar las conductas reprobadas de los individuos pero sin la intervención del Estado, sus jueces y su burocracia, sino directamente dentro la comunidad de individuos en la que las autoridades naturales de la comunidad hacen de equilibrantes entre las dos partes enfrentadas.

Caracteres

  1. Eunómica. Los participantes de ocupan de sus problemas con las reglas implantadas por ellos mismos.
  2. Consensual. No funciona por el principio de mayoría, sino por decisión colectiva, de com-plementariedad, de consenso.
  3. Informalidad. La gente participa sin formalida-des, con su lenguaje común, y sin erogaciones económicas.
  4. No profesional. Los implicados concurren per-sonalmente y se enfrentan “cara a cara”; no hay jueces de derecho sólo hay guías y orientadores del mismo nivel de los participantes o implica-dos.
  5. Colectiva. Las partes del conflicto son conside-radas en el ambiente en que el problema se pre-senta, por esto, no son considerados indivi-dualmente, sino en relación y con participación de amigos y parientes.
  6. No estatal. No deben participar las autoridades estatales; si concurren deben tener el único ob-jetivo de equilibrar las fuerzas. Organizaciones no estatales y de servicio social, pedagogos o trabajadores sociales, participan sólo si contri-buyen a lograr los objetivos de la justicia co-munitaria: la expedita concreción de la justicia y paz dentro la comunidad.

Ventajas de la justicia comunitaria

  • Rapidez. La solución de conflictos es rápida. No existe una dilación entre los hechos (con-ductas reprobadas) y las resoluciones.
  • Gratuidad. Ahorro económico para las partes. El acceso a la justicia es y fácil y no tiene nin-gún costo económico.
  • Reparadora: Los daños ocasionados por la conducta reprobada son pagadas en especie, dinero o trabajo a la victima.
  • Eficacia. Existe un escaso riesgo de corrupción de los mediadores, ya que los encargados de administrar justicia son elegidos y controlados democráticamente por la base social, poseen por lo tanto un prestigio y legitimidad muy grande.

Desventajas

  • El agresor pasa a ser victima y viceversa
  • El Estado se desmenuza en miles de cabezas de la comunidad.
  • Vulneración de los derechos humanos y los derechos fundamentales individuales.
  • Los prepotentes tienen todas las posibilidades de ganar en un enfrentamiento “cara a cara”.
  • La persona que tienen el apoyo de la comuni-dad siempre va ganar.

Tabla de contenidos

Justicia Comunitaria
  1. Concepto
    Condiciones de funcionamiento
    Caracteres
    Objetivos
    Ventajas
    Desventajas
  2. El Derecho de las favelas de Río de Janeiro
  3. La justicia de los vecinos en la experiencia chilena
  4. La justicia de la comunidad guajira
  5. Justicia popular en Portugal
  6. La experiencia danesa: christiania
  7. Comités de ciudadanos o vecinos de los EE.UU.
  8. La Justicia Comunitaria en la nación Qulla
    Ubicación
    Principios
    Autoridades qullas
    El Kuraca
    Jilak’äta o Mallku
    El Kamana
    Conductas reprobadas
    Conductas reprobadas leves
    Conductas reprobadas graves
    Conductas reprobadas gravísimas
    Clases de justicia comunitaria Qulla
    Familiar
    Privada
    Publica
    Penas
    Pena de muerte
    Destierro
    Latigazos
    Multas
    Privación de actividades
    Trabajo comunitario
    Reproche
    Fin de la pena
    Procedimiento
  9. Justicia Comunitaria de las naciones Guaraníes de los llanos del Izozog
    Ubicación
    La asamblea o Yemboati Guasu
    Tipos de conflictos
    Normas y valores
    Clasificación de conflictos
    Procedimiento
    Sanciones
    Formas
    Medios de aplicación
    Aceptación social
  10. Juridificacion de los Usos y costumbres
  11. Otras formas de justicia comunitaria

Bibliografía

  • ALBÓ, Javier, Los guaraní - Chiriguano 3: La Comunidad Hoy, La Paz, Bolivia: CIPCA, Cuadernos de Investigación Nº 32, 1990.
  • BERTONIO, Ludovico, Arte Y Gramatica Muy Copiosa de la Lengua Aymara, Roma, 1603.
  • BERTONIO, Ludovico, "A Los sacerdotes, y curas dela Nacion Aymara, Ludovico Bertonio deffea falud,y paz en el Señor", pagina A2, en Vocabvlario Dela Lengva Aymara, Roma, 1612.
  • BOAVENTURA DE SOUSA SANTOS, “Law and Revolution in Portugal. The experiences of Popular Justice alter the 25th of april 1974”, en The Politics Of Informal Justice, Vol II, Londres, Inglaterra, 1982.
  • BOAVENTURA DE SOUSA SANTOS, “The Law of the Oppressed: The construction and reproduction o legality in Pasagarda”, en Law and Society, numero 12, 1977.
  • BOBBIO, Norberto, Teoría General del Derecho, Santa fe de Bogota, Colombia: Temis, 2ª, 5ªReimp., 2005.
  • BOLIVIA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Justicia Comunitaria 1. Los Aymaras de Machaca (Comunidades Sullcatiti - Khonkho) PROA, La Paz, Bolivia: SIERPE, 1997.
  • BOLIVIA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Justicia Comunitaria 2. Los Guaraníes del Izozog (Provincia Cordillera – Santa Cruz) C.E.J.I.S., La Paz, Bolivia: SIERPE, 1997.
  • BOUYSSE CASSAGNE, Theressé, La identidad aymara. Aproximación histórica (siglos XV y XVI), La Paz, Bolivia: Hisbol/IFEA, 1987.
  • CAIN, Maureen, “Beyond Informal Justice”, en Contemporary Crisis, número 9, 1985.
  • CHRISTIE, Nils, “Conflict as Property”, en The British Journal of Criminology, Vol 7, número 1, 1977.
  • COHEN, Stanley, “La descentralización del control policial tomada en serio”, en Nuevo Foro Penal, num. 45, 1989.
  • GARCÍA LINERA, Álvaro, “¿Qué es una Nación? en Critica, No.- 3, Septiembre 2001, La Paz, Bolivia, p. 6 y 7.
  • HULSMAN, Louk, Sistema penal y seguridad ciudadana, Barcelona, España, Ariel, 1984.
  • HIRCH, Silvia Maria, Political Organization Among The Izozeño Indians Of Bolivia, Los Angeles, USA: UCLA, University of California in Los Angeles, Tesis doctoral, 1991.
  • IBARRA GRASSO, Edgar Dick, Lenguas Indígenas de Bolivia, La Paz, Bolivia: Juventud, 1982.
  • LEA, John, YOUNG, Jock, What is to be done about Law and Order?, Middlesex, 1984.
  • MARTINEZ S. Mauricio, ¿Qué pasa en la Criminología moderna?, Bogota, Colombia, Temis, 1990.
  • MATHEWS, Roger, “Taking Realist Criminology seriusly”, en Contemporary Crisis, numero 11 de 1987.
  • MELIÁ, Bartomeu, Los guaraní - Chiriguano 2: Historia de un Pueblo, La Paz, Bolivia: CIPCA, Cuadernos de Investigación Nº 31, 1989.
  • SPENCE, Jack, “Intitutionalizing Neighborhood courts: two Chilean experiences”, en The Politics of Informal Justice, Vol II, Londres, Inglaterra, 1982.
  • TALLER DE HISTORIA ORAL ANDINA, Ayllu: Pasado y Futuro de los Pueblos Originarios, La Paz, Bolivia: Aruwiyiri, 1995.
  • UNTOJA CHOQUE, F., Retorno al Ayllu I, La Paz, Bolivia: CIDES, 1986.


Descargar apunteImprimir lo que veContactoE-mailInicioCerrar esta ventana
IR A CPE INTERACTIVO